Debido a la pandemia provocada por el COVID-19, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, había postergado en marzo, por 180 días, el plazo de la presentación de documentación post asamblearia para asociaciones civiles.
Llegada la fecha y con la situación sanitaria que imposibilita la realización de la Asamblea General Ordinaria, el club Estudiantes de La Plata, ajustándose a derecho y las normativas vigentes, realizó un pedido de instrucciones a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas en relación a los plazos previstos estatutariamente para la realización de la Asamblea y al vencimiento del mandato de la actual Comisión Directiva.
De acuerdo a la resolución dictada y ante la consulta del Club, se establece que la Dirección Provincial de Personas Jurídicas:
Se encuentra elaborando el instrumento de prórroga de los plazos establecidos…con la posibilidad de ampliar sus alcances en lo que respecta a los órganos internos de las entidades, en términos de extensión de los mandatos.
Que finalmente, cabe dejar expresa constancia que, las instituciones alcanzadas por la norma en estudio no se encuentran en situación de irregularidad administrativa alguna, al no celebrar asambleas cuya Orden del Día contenga –entre otros puntos- la renovación de autoridades y aprobación de Memoria y Balance de Ejercicio, cuyos vencimientos operaron u operen a partir de la entrada en vigencia de los citados decretos de cada jurisdicción.
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